Restricciones Regulatorias sobre las Fuentes de Financiamiento de los Bancos en EE. UU.: Una Revisión del Tratamiento de los Depósitos Intermediados
Autores: Barth, James R.; Lu, Wenling; Sun, Yanfei
Idioma: Inglés
Editor: MDPI
Año: 2020
Acceso abierto
Artículo científico
2020
Restricciones Regulatorias sobre las Fuentes de Financiamiento de los Bancos en EE. UU.: Una Revisión del Tratamiento de los Depósitos Intermediados
Categoría
Gestión y administración
Subcategoría
Gestión de recursos
Palabras clave
Revisión integral
Depósitos intermediados
Rendimiento bancario
Quiebras bancarias
Costos de quiebras bancarias
Tecnologías
Licencia
CC BY-SA – Atribución – Compartir Igual
Consultas: 20
Citaciones: Sin citaciones
Este documento es el primero en proporcionar una revisión completa del tratamiento regulatorio de EE. UU. de una fuente de fondos relativamente reciente y controvertida, a saber, los depósitos intermediados. Para ello, consideramos hasta qué punto los bancos dependen de los depósitos intermediados, así como el impacto de estos fondos en el rendimiento bancario, las quiebras bancarias y los costos de quiebra bancaria. También consideramos los cambios que están ocurriendo en las tecnologías y cómo continúan afectando la forma en que los bancos obtienen fondos y brindan servicios a sus clientes. Nuestra conclusión es que, sin evidencia suficiente en contrario, dichos depósitos no deberían ser tratados de manera diferente a todos los demás depósitos y otros fondos adquiridos.
Descripción
Este documento es el primero en proporcionar una revisión completa del tratamiento regulatorio de EE. UU. de una fuente de fondos relativamente reciente y controvertida, a saber, los depósitos intermediados. Para ello, consideramos hasta qué punto los bancos dependen de los depósitos intermediados, así como el impacto de estos fondos en el rendimiento bancario, las quiebras bancarias y los costos de quiebra bancaria. También consideramos los cambios que están ocurriendo en las tecnologías y cómo continúan afectando la forma en que los bancos obtienen fondos y brindan servicios a sus clientes. Nuestra conclusión es que, sin evidencia suficiente en contrario, dichos depósitos no deberían ser tratados de manera diferente a todos los demás depósitos y otros fondos adquiridos.